lunes, 14 de marzo de 2016

ESTÁ PROHIBIDO TODO CAMBIO CONTRACTUAL QUE DESMEJORE AL TRABAJADOR

Contrato Individual de Trabajo (Novación in peius). Noción que aplica con o sin el consentimiento de la desmejora por parte del trabajador - SCS – 1238 – 14/11/2011 Caso Patricia Vives Blanco contra Elca Cosméticos, S.A • En este caso, se plantea la existencia de una relación de trabajo en la que inicialmente la demandada explicó las condiciones de trabajo y presentó una oferta de empleo, mediante un “paquete anual estimado”. No obstante, el empleador negó la vigencia del acuerdo inicial en relación al concepto de utilidades, alegando que finalmente habían convenido que la trabajadora sería acreedora de cuatro (4) meses de utilidades al año y que con la suscripción de ese contrato se sustituía cualquier compromiso verbal o escrito contraído con el mismo objetivo por las partes con anterioridad a la firma del contrato.

Observa la Sala que en el caso bajo estudio, existió una verdadera manifestación de voluntad de las partes de querer vincularse laboralmente bajo determinadas condiciones socio económicas, materializada a través de la oferta de empleo y paquete anual estimado, que recayó directamente en la persona de la hoy demandante, lo que conllevó al perfeccionamiento de un contrato, desde el momento en que la demandante manifestó su conformidad con la oferta presentada por la demandada, encaminada a hacer nacer una o más obligaciones. 

Al respecto, la Sala consideró que se trató de una novación in peius de las condiciones de trabajo de la demandante, no permitidas por la Legislación Laboral; aunado al hecho que la trabajadora tampoco aceptó la acción unilateral del empleador de inobservar su obligación contractual, al pretender pagar un monto, por concepto de utilidades, distinto al pactado con ocasión a la oferta de trabajo que había aceptado.

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