Por:
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Abg.
Ernesto Portillo
Abg. Elba
Boada
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Abg. Luis
Villalta
Abg. Antonio
González
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Con el uso masivo de las Criptomonedas a nivel mundial y nacional, estas se han venido utilizado para el pago de
distintas obligaciones, una de ellas son obligaciones laborales.
Es importante señalar, que cuando se trata de
obligaciones laborales, estas están protegidas por una legislación especial, y
en muchos países estas obligaciones laborales son de orden público, es decir,
son protegidas por los Estados de manera especial.
Muchas personas naturales y jurídicas como patronos,
han venido pagando las obligaciones laborales con Criptomonedas y otros desean pagarlas.
Desde CriptoJuris le damos las 12
recomendaciones, para el pago de obligaciones laborales con Criptomonedas:
1. Asesórese con un abogado laboralista y experto
conocedor del tema jurídico de las criptomonedas, a los fines, de recibir
orientación para el pago de obligaciones laborales con Criptomonedas, según la
legislación vigente de cada país, ya que podrías estar incurriendo en una
situación no permitida por la legislación nacional, que dará como resultado el
considerar el pago realizado como no liberatorio de la obligación laboral, lo que traería como consecuencia, la
necesidad de repetir el pago.
2. Solicite el pronunciamiento de la Inspectoría del
Trabajo conforme a la legislación nacional para el caso venezolano, la Ley Orgánica
del Trabajo, Trabajadores y Trabajadoras
(LOTTT), establece que se puede realizar una consulta (consulta administrativa,
dictamen), así mismo en otros países, se debe realizar la consulta ante el ente rector en materia laboral.
3. Levante actas de acuerdos con los trabajadores de las
obligaciones laborales que desea pagar, e informe a la Inspectoria del Trabajo,
para el caso venezolano. En otros países se debe realizar la notificación al
ente rector en materia laboral, si así lo estableciera.
4. Defina que Criptomoneda usará y como la va a usar, si
es como unidad de cuenta o como medio de pago. Recomendamos que sea una
stablecoin, por cuanto no está sujeta a volatilidad en su valor.
5. Informe a la Superintendencia Nacional de
Criptoactivos y Actividades Conexas (SUNACRIP), para el caso venezolano;
asimismo, en otros países se debe realizar la notificación al ente rector en
materia de Criptomonedas, que desea pagar obligaciones laborales con
Criptomonedas, a los fines de ser autorizado.
6. Regístrese ante el Registro Integral de Servicios en
Criptoactivos (RISEC), para el caso venezolano, de igual forma, en otros países
se debe realizar el registro ante el ente rector en materia de Criptomonedas,
si así lo estableciera.
7. Escoja una criptomoneda de valor estable, reconocida
por la legislación venezolana, a los fines de proteger de manera efectiva el
pago y la usabilidad de la Criptomoneda, en el caso de otros países realice un
sondeo para determinar la criptomoneda estable mas usada en ese país.
8. Use una Exchange
para realizar el pago. Esta le
pueda ayudar a realizar el servicio de
tramitarle la nómina de pago, o hacerlo usted mismo de manera directa peer to
peer (P2P).
9. Tenga en cuenta cuales obligaciones laborales quiere
pagar con criptomonedas (salarios e indemnizaciones entre otras).
10. Si realiza pagos de obligaciones laborales con
criptomonedas, homologue para el caso venezolano, ante la Inspectoria del Trabajo
o tribunales laborales, en otros países en el ente rector o los tribunales
especiales para tal fin.
11. Elabore los recibos de pagos correspondientes
indicando las wallet, monto, fecha, hash, concepto, entre otros datos de
relevancia. A los fines de disponer de instrumento probatoria de haber cumplido
con el pago de la obligación laboral.
12. Incorpore la tecnología
a sus negocios, para adaptarse a las nuevas formas de pagos.
Es importante si eres sujeto obligado, y está relacionado con las
criptomonedas, debes cumplir con las normas a los fines de no ser sancionado.
Somos
Criptoabogados, prestamos servicios Criptojuridicos.
Llame y haga
sus consultas, a través de los Teléfonos:
0412-9772921
/ 0424-1816009 / 0412-2126523.
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